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El zoológico porteño deberá liberar a orangutana en cautiverio

En un fallo de sólo una carilla y media, la Sala II de la Cámara de Casación Penal dispuso que la orangutana de Sumatra, llamada Sandra y alojada desde hace 20 años en el Zoo porteño, pueda gozar de libertad y se la reconozca como persona jurídica.

La resolución, firmada por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David -el mismo tribunal que semanas atrás otorgó derechos laborales a los presos-, sienta un precedente radical en la jurisprudencia argentina, que hasta ahora consideraba a los animales como cosas.

 Tanto para la justicia argentina como para el resto de la jurisprudencia internacional, los animales están amparados por el régimen de propiedad privada y no son pasibles de gozar de derechos o personería jurídica, como los individuos o las empresas.

Anteriores pedidos de hábeas corpus para grandes simios (chimpancés, orangutanes, gorilas y bonobos) interpuestos por diferentes organizaciones, en los que se alegaba que los grandes primates gozan de un cierto grado de raciocinio y poseen características emocionales similares a las de los humanos, fueron sucesivamente rechazados. 

El viernes, la sala II de la Cámara de Casación Penal resolvió, por unanimidad, lo contrario: "A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática -sostuvo-, menester es reconocer al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente". 

El Tribunal avaló las interpretaciones del juez de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni, en su libro Derecho Penal. Parte General, y en La Pachamama y el Humano (Ediciones Colihue). Pero no brindó otras justificaciones. 

El hábeas corpus en favor de la orangutana había sido pedido en noviembre pasado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (Afada), que preside el abogado correntino Pablo Buompadre, con el patrocinio del constitucionalista Andrés Gil Domínguez. 

Allí, se alegó el confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad congnitiva y se pidió que pudiera vivir entre sus congéneres y en un lugar adecuado. El Juzgado de Instrucción Nº 47 de la ciudad de Buenos Aires, a cargo de Monica L. Berdión de Crudo, había desestimado en primera instancia el pedido, que fue luego apelado y también rechazado. 

Ahora, aunque la resolución se encuentra firme, el zoo porteño tiene un plazo de diez días hábiles para que la Corte Suprema de Justicia pueda rever la decisión y frenar la liberación de la primate, que sería trasladada a un santuario en Brasil.


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