Y agrega: “Lejos de asesorar en orden al derecho, sus considerandos generan confusión e incluso conflicto al emitir dictámenes siempre en perjuicio de los trabajadores”.
Festram asegura que la Dirección de Asuntos legales “pretende alterar la Ley Provincial 13.155 cuyo Artículo 1º es claro respecto de las actividades para las que el feriado tiene carácter de optativo no estableciendo tal opción para los Municipios y Comunas”. Y finaliza: “el día 15 de Noviembre es feriado para los trabajadores de cada Municipio y/o Comuna”.