La Justicia Federal de Córdoba resolvió hoy admitir una medida cautelar, que presento una empresa de TV cable local en contra del DNU 690/20 que, por intermedio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), declara servicios públicos esenciales y regula los valores de las prestaciones de internet, televisión por cable y telefonía móvil.
Una fuente judicial confirmó que la medida cautelar fue resuelta por el juez Federal 1, de la ciudad de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, a partir de la presentación realizada por la empresa TV Cable Color S.A.
De acuerdo a la información judicial, el fallo alcanza únicamente a la empresa accionante y en ese sentido ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Enacom, a "abstenerse de emitir acto alguno" en el marco del DNU 690/20 "hasta tanto se dicte sentencia definitiva".
Por lo tanto ordena "restablecer la potestad" de los prestadores para que determinen sus condiciones de comercialización, a los efectos de "garantizar la continuidad, la sustentabilidad y la calidad del servicio" que ofrecen a sus abonados.