La Corte Constitucional de Colombia dictaminó que las mujeres podrán acceder a un aborto hasta las primeras 24 semanas de gestación, tras el estudio de una demanda al artículo del Código Penal que declaraba como delito la interrupción del embarazo.
La decisión fue el producto de cinco votos a favor y cuatro en contra, por parte de los magistrados del Tribunal encargado de velar por el cumplimiento de la Carta Magna.
La "conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésima cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006", precisó la Corte a través de un comunicado.
El colectivo feminista Causa Justa interpuso la demanda para que se eliminara el delito del aborto, sin embargo, la decisión de la Corte no fue la despenalización total de la interrupción del embarazo, sino la de trazar una línea de temporalidad.
Desde 2006 en Colombia las mujeres pueden abortar en tres casos: cuando el embarazo representa un riesgo para su vida, cuando el feto tiene graves malformaciones o su vida es inviable y cuando la concepción es el resultado de una violación.