La Administración Federal de Ingresos Públicos retomó las ejecuciones fiscales para deudores incluidos en las categorías de riesgo grande y mediano.
Fuentes de la AFIP recalcaron que antes de llegar a la instancia de ejecución, los contribuyentes fueron intimados y notificados “en reiteradas oportunidades”.
Así es el proceso previo a la ejecución: el trámite administrativo determina que los contribuyentes reciben primero una intimación, luego una boleta de pago con la deuda para que puedan cancelarla y por último el embargo.
AFIP no realiza embargos preventivos de ningún tipo ni toma medidas sectoriales, sino que se trata de procesos que se efectúan con relación a CUITs con deudas líquidas y exigibles previamente intimadas.