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Fallo judicial a favor de Festram

 


La Sala II de la Cámara de Apelación Laboral de Rosario rechazó el planteo de sindicatos no afiliados a la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de la Provincia de Santa Fe (Festram) que pedían la inconstitucionalidad de la Comisión Paritaria de la Ley 9.996. 

El fallo reiteró que por su representación en el territorio provincial, Festram es el único gremio que puede participar de paritaria. 

El Tribunal respaldó la paritaria con argumentos basados en la unicidad de la representación en cabeza de Festram, y principalmente cristalizó la falta de presencia territorial de otros gremios del sector no afiliados a la federación que no cuentan con dicha representación provincial. La intervención de Festram en la paritaria municipal encuentra fundamento en su representatividad. 

"Lo obtenido por Festram en la negociación colectiva se erige como un piso mínimo que no impide de ningún modo que 'otros gremios' negocien en el ámbito de su propia representación regional, mejores condiciones para sus afiliados, la Cámara Laboral sostuvo que en ningún modo el funcionamiento paritario provoca violación a la libertad sindical", remarcó una fuente gremial. 

"Vemos cómo se refuerza el criterio de que la paritaria funciona como primer basamento de condiciones laborales que ulteriormente puede ser mejorado en cada jurisdicción. Ello también armoniza debidamente la discusión de la autonomía municipal", dijo una fuente gremial.


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