En particular, desde la CC explicaron que se admitió la acusación relacionada con el presunto delito de peculado, pero no así las dos incriminaciones sobre el presunto delito de concusión.
Respecto a estas dos inadmisiones, el organismo argumentó su decisión por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 148 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
"Esta Corte exhorta a las instituciones involucradas en el juicio político a actuar siempre dentro de los cánones previstos en la Constitución y el Estado de Derecho", reza el comunicado de la institución.
La decisión llega luego de que el 27 de marzo no se alcanzaran los seis votos favorables requeridos, por lo que fueron nombrados otros dos jueces ponentes.