Con la actualización, el monto mínimo desde el que las entidades financieras deben informar los gastos con tarjeta de débito se elevó de $30.000 a $120.000.
En tanto que el valor mínimo para reportar tanto acreditaciones como extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo aumentó de $90.000 a $200.000, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 5338 .
La resolución también incrementó los montos para los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), comúnmente denominadas como billeteras virtuales.
A su vez, el régimen aplica de igual manera cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, que iguale o supere los $400.000.
Nuevos mínimos para informar la compra o venta de motos, autos o inmueble
A partir de este jueves 1 de junio, entrarán en vigencia los nuevos mínimos desde los cuales se deberá informar a la AFIP por la compra o venta de motos y autos usados o la transferencia de un inmueble.