Por un lado los Agentes de Bolsa (Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) y Agentes de Negociación) no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera a clientes que tengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación.
Asimismo, estableció que ALyCs tendrán un límite para estas operaciones referido a la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de valores negociables comprados -con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera-, realizadas en el segmento de concurrencia de ofertas, con prioridad precio tiempo.
La medida será publicada este martes en el Boletín Oficial a través de la Resolución 959/2023.