El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto del ley de blanqueo, denominado "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado", que comprenderá a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas.
Los bienes comprendidos en la iniciativa serán la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos, que no se encuentren declarados ante el fisco.
Los sujetos alcanzados por la iniciativa serán las personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, en conformidad con el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Las alícuotas aplicables serán del 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos de la puesta en marcha del blanqueo; 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días; y 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.
Esas alícuotas serán aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior cuando exista repatriación aplicable sobre el monto exteriorizado al tipo de cambio del Banco Nación, detalla uno de los artículos del proyecto.
Asimismo, se incrementarán las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del exterior en el caso de que no exista repatriación.