Se utiliza en pacientes adultos que padecen diabetes tipo 2.
IAPOS solicitó el rechazo de la cautelar y sostuvo que “los tribunales no pueden ser la boca de expendio de la obra social”.
Al resolver favorablemente la cautelar el juez en lo civil y comercial, Ezequiel Zabale afirmó que “la negativa del IAPOS no tiene sustento, reconoce que el medicamento en cuestión se vende y comercializa, no hay discusión sobre la salud de la afiliada, solo se niega a otorgar la cobertura porque la auditoría médica opina que es mejor utilizar otro medicamento”.
Recordó el magistrado que el derecho a la salud tiene jerarquía constitucional.
El juez dispuso que le cubran el medicamento Semaglutida y/o Semaglutine y/0 Ozempic. Hay miles de casos en las mismas condiciones. El alto costo de la medicación en el mercado es la excusa principal por la cual la obra social dejó de proveer esta novedosa herramienta médica que permite disminuir entre el 10 y el 15% del peso al cabo de un año de uso.