Dicho plan incluye deudas existentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario y las de los Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco.
Los contribuyentes o responsables que deseen ingresar en el plan, deberán estar al día con el pago de impuestos correspondientes a los períodos devengados con posterioridad al 30 de abril.
El convenio podrá ser formalizado íntegramente de manera online ingresando a la página web del organismo (www.santafe.gov.ar/api) y una vez celebrado, ser abonado por todos los medios electrónicos de pago o concurriendo a los Santa Fe Servicios del Nuevo Banco de Santa Fe SA., presentando la boleta de pago generada por el sistema.
Cuando la deuda corresponda a personas jurídicas o el importe de la misma sea igual o superior a $15.000, el pago se deberá realizar por débito automático.