De la concejala Daniela León, de la Unión Cívica Radical el Concejo aprobó durante la sesión de ayer una ordenanza que modifica aspectos de la Nº 7.571/2003 que prohíbe “en todo el ámbito territorial de la jurisdicción municipal de Rosario la comercialización, tenencia y uso de todo artificio pirotécnico, entendiéndose por tal a todo artefacto destinado a producir efectos visibles, audibles o mecánicos, mediante la utilización de mecanismos de combustión o explosión, estando incluidos todos aquellos que se enciendan o accionen mediante es uso de mecha, combustión o fricción”.
Asimismo en la norma se exceptúa de la prohibición “a particulares e instituciones públicas o privadas en tanto la utilización de los elementos prohibidos por la presente norma lo fuera en el marco de la organización y realización de espectáculos de fuegos artificiales visuales” y se precisa que para ello “deberá contar con autorización previa del Departamento Ejecutivo”.
Se exceptúa también a las Fuerzas Armadas y de seguridad y a sus integrantes en el uso de sus funciones específicas.
En el artículo 3º se consigna que “la Dirección General de Registración de Comercio e Industria de la Municipalidad de Rosario podrá autorizar la comercialización o tenencia de artificios pirotécnicos, únicamente destinados a producir efectos visibles, en establecimientos que considere, siempre que no se trate de locales donde se expendan comestibles, prendas de vestir, combustibles líquidos o sólidos, líquidos inflamables y/o corrosivos, ácidos y otros materiales afines.
Se establece que la comprobación de infracciones o faltas determinará la aplicación del Código de Convivencia.