Dentro del conglomerado de artículos del proyecto de ley que Javier Miley acaba de enviar al Congreso para ser tratado en sesiones extraordinarias, se encuentran modificaciones a la Ley 23.184, de Espectáculos Deportivos.
A través de su artículo 62, deroga el artículo 25 de dicha ley que señala:
ARTICULO 25. — El encargado de venta de entradas, que no ofreciere manifiestamente la totalidad de las localidades disponibles, o las vendiere en condiciones diferentes a las dadas a conocer por el organizador del espectáculo será sancionado con cinco a quince días de arresto.
El que las revendiere, de un modo que dé motivo a desórdenes, aglomeraciones o incidentes, será sancionado con cinco a quince días de arresto.
A su vez, el artículo 63, incorpora el artículo 48 bis que indicaría:
“ARTICULO 48 bis. Las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación. El encargado de ventas de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa.
En los casos de entradas nominativas el encargado de ventas de entradas deberá permitir la reventa a través de un mecanismo electrónico. Para las ventas a través de dicho sistema las entidades deportivas podrán cobrar una comisión que no supere el 5% del precio acordado, pero no podrá limitar sus precios”
Así, bajo el paraguas de la «desregulación económica», se legalizaría el proceder de cuatro vivos que se enriquecerían a costa de los espectadores, dado que estaría «permitido» guardarse entradas para ponerlas a la venta a precios mucho más onerosos por canales alternativos, sin ningún tipo de control.
Y nada se dice de ningún control con fines recaudatorios para el Estado sobre dicha reventa.