De esta forma hizo lugar a un recurso de amparo que había presentado el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza.
El fallo suspendió los artículos del megadecreto firmado en diciembre por el presidente Javier Milei.
La medida adoptada por un tribunal federal es de cumplimiento para todo el país.
Estos artículos permitían la venta de medicamentos de “expendio libre” en establecimientos no especializados, como kioscos.
La medida cautelar del Juzgado Federal N°2 restituye así la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17565 de 1967, que restringe la venta de estos medicamentos exclusivamente a farmacias.
Esta decisión judicial es parte de una serie de acciones legales impulsadas por colectivos de farmacéuticos que alegan que la desregulación afecta puestos de trabajo y derechos laborales, sanitarios y sindicales.
En enero el Gobierno publicó el decreto 63/2024 que comenzó a reglamentar el DNU 70/2023 en lo referido prescripción de medicamentos y su comercialización.