Según informó la cartera, "esta medida establece que los funcionarios de las Fuerzas utilizarán dicho armamento siempre que lo tengan provisto y cumplan los requisitos, en aquellas circunstancias en las que las que el uso de un arma letal exceda la necesidad derivada de la amenaza o pueda generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar".
Los miembros de las fuerzas de Seguridad recibirán, además, una capacitación como requisito obligatorio para la autorización en el uso de este tipo de armas. Las instrucciones serán llevadas a cabo por la Dirección Nacional de Formación y Desarrollo Profesional de la Secretaría de Seguridad.
"Por otra parte, ante la necesaria utilización de armas no letales, los funcionarios de las Fuerzas Policiales deberán identificarse como tales a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el mismo personal", agrega el comunicado.